Acuda a una notaría si tiene previsto hacer la escritura de un piso que va a comprar o vender, otorgar un poder, hacer testamento, constituir una sociedad, otorgar capitulaciones matrimoniales (el contrato sobre los bienes en el matrimonio), donar bienes a los hijos u otro cualquier asunto de tipo jurídico relacionado con la contratación privada civil o mercantil, con la vida familiar o con las herencias. El notario le presta asesoramiento gratuito y le indica el mejor camino para lograr con éxito sus objetivos.

Es fundamental acudir al notario que libremente haya elegido en la primera fase de la negociación. No conviene firmar ningún tipo de acuerdo privado previo a la escritura pública sin haber consultado antes con su notario y no tenga reparos en expresarle sus dudas y preocupaciones sobre cualquier cuestión relacionada con la tramitación de la escritura, con los impuestos, los registros… Si decide que por el momento no le conviene o no quiere hacer lo que proyectaba, el notario no cobrará por esa consulta.

Recuerde que el notario es:

  1. Garantía de seguridad y legalidad: su objetivo es que el contrato, negocio o declaración esté ajustado a la legalidad y sea inatacable. La escritura pública es fehaciente ante los tribunales de Justicia: nadie pone en duda su veracidad.
  2. Tranquilidad: firmar cualquier documento ante notario aporta la tranquilidad de que el negocio o contrato es definitivo, inamovible y eficaz, tranquilidad que no puede proporcionar el documento privado entre particulares.
  3. Un profesional altamente cualificado: el acceso al Notariado exige estudios intensos y profundos, que se comprueban con un mecanismo de selección duro y objetivo por medio de oposición. Los notarios actualizan de forma constante sus conocimientos profesionales en los ámbitos nacional e internacional.
  4. Independencia: los notarios sólo están condicionados por la Ley.
  5. Modernidad: los notarios tratan de adelantarse y prevenir los nuevos requerimientos sociales y tecnológicos y adaptan sus funciones de forma permanente a cualquier innovación.
  6. Eficiencia: el coste de la intervención notarial es muy inferior a los costes sociales y económicos que evita. En este sentido el ilustre jurista D. Joaquín Costa acuñó la máxima "A Notaría abierta, Juzgado cerrado", aludiendo a la menor litigiosidad entre particulares en los asuntos en los que interviene un notario.

El notario asesora con imparcialidad y vela por el respeto de los derechos de consumidores y usuarios.

Fuente: www.notariado.org
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